El portal web del Ministerio de Interior de España, ha anunciado una nueva regulación para la situación de los extranjeros en el país.
Las autoridades han establecido una serie de infracciones que conllevarán responsabilidad administrativas, para aquellos que las cometan. Entre las infracciones leves se encuentra la omisión o retraso en la comunicación de cambios en la nacionalidad, estado civil o domicilio.
También se incluye el incumplimiento de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo, así como la contratación de trabajadores sin la autorización correspondiente.
Por otro lado, se considerarán infracciones graves la falta de autorización para residir o trabajar en España, la ocultación de información o falsedad en la comunicación de cambios importantes en la situación del extranjero, el incumplimiento de medidas de seguridad, la comisión de actividades contrarias al orden público, entre otras.
Cabe destacar que, en caso de que un extranjero incurra en una tercera infracción leve en un período de un año, se considerará una infracción grave. Además, se establecen sanciones específicas para aquellos que promuevan la permanencia irregular de extranjeros o que consientan su inscripción en el padrón municipal en una dirección que no sea su verdadero domicilio.
Con esta regulación, el gobierno español busca mantener un mayor control sobre la situación de los extranjeros en el país y evitar situaciones irregulares que puedan generar problemas de seguridad o laborales.
Las Infracciones son:
Según la nueva regulación, las infracciones muy graves prescribirán a los tres años.-Las graves a los dos años y las leves a los seis meses, contados a partir del día en que los hechos se hayan cometido.
Por su parte, las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescribirán a los cinco años, las graves a los dos años y las impuestas por infracciones leves al año.
Ahora, si la sanción impuesta fuera la de expulsión del territorio nacional, la prescripción no empezará a contar hasta que haya transcurrido el período de prohibición de entrada fijado en la resolución con un máximo de cinco años.
Es importante mencionar, que el plazo de prescripción de la sanción comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se imponga la sanción.
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