El Ministerio del Interior de España, en su portal web informó en relación con la entrada de extranjeros, que se exige que acrediten medios económicos suficientes para su estancia y su viaje de regreso a su país de origen o destino final.
En este sentido, detallan que la cantidad mínima que se debe acreditar es el 10% del salario mínimo interprofesional bruto por persona y día.
Por lo que una persona debe tener como mínimo 108 euros por persona y día, multiplicado por el número de días de estancia y el número de personas que viajan.
Además, se debe presentar el billete o billetes nominativos, intransferibles y cerrados del medio de transporte que se utilizará para regresar al país de procedencia o para continuar el viaje en tránsito a terceros países.
En el caso, de que un extranjero no pueda acreditar suficientes medios económicos o billetes de transporte, se le denegará la entrada en España.
Sin embargo, recuerden que hay excepciones para los extranjeros que tienen autorización de residencia o estancia, visado en vigor o autorización de regreso, y aquellos que pueden demostrar que su alojamiento incluye su manutención durante su estancia en España.