¡España! Procedimiento de empadronamiento para extranjeros recién llegados a Alicante
Si eres extranjero y recién llegado a Alicante, España, es importante que conozcas el procedimiento de empadronamiento.
El Ayuntamiento de Alicante ofrece el Certificado de Empadronamiento individual, histórico (desde 1996) y colectivo (que incluye el número de personas registradas en el domicilio). Hay varias formas de solicitarlo:
1. A través de la Sede Electrónica con firma electrónica.
2. En persona, con cita previa, en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC) y Juntas de Distrito.
3. En el Ciberkiosco de la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) ‘Cervantes’, sin necesidad de cita previa, en horario laboral de lunes a jueves de 08:30h a 17:00h, y los viernes de 08:30h a 14:30h.
Durante el horario de verano 2023, del 26 de junio al 29 de septiembre, el horario será de lunes a viernes de 08:30 a 13:30 horas.
Es importante llevar la identificación mediante lectura de DNI electrónico o Tarjeta Ciudadana de Alicante (TCA) o pasaporte al solicitar el certificado en persona.
Si necesitas recibir el certificado por correo postal, también puedes hacer la solicitud.
Los certificados de empadronamiento individuales solicitados por representantes o los certificados históricos anteriores a 1996 deben solicitarse a través de la Sede Electrónica con firma electrónica o en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC) con cita previa mediante el modelo de Instancia Genérica. Las solicitudes se tramitarán por orden de llegada.
Para concertar una cita previa, puedes llamar al Tel. 010 o 900 153 862 para las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC). Las citas previas para la OAC ‘Séneca’ y OAC ‘Gastón Castelló’ también se pueden solicitar en el Tel. 010 o 900 153 862, o a través de la página web:
Para obtener más información o en caso de dudas, puedes llamar al Tel. 010 o 900 153 862.
Es importante tener en cuenta los documentos necesarios para el trámite de empadronamiento:
Debes presentar un documento de identificación válido, como el DNI, NIE o pasaporte.
En el caso de solicitar un informe o certificado de empadronamiento individual para menores, deberás proporcionar el libro de familia o el certificado de nacimiento, y si uno de los dos progenitores realiza la solicitud, se requerirá la autorización del otro progenitor.
Cuando existe separación o divorcio, se debe presentar una resolución judicial que acredite la guarda y custodia, o en el caso de custodia compartida, se necesitará la autorización del otro progenitor junto con una copia de su DNI.
Si deseas que otra persona retire el certificado en tu nombre, en caso de que no puedas asistir debido a circunstancias excepcionales, tu representante deberá presentar una autorización firmada y completada, un justificante de tu ausencia, su documento de identidad original y el tuyo.