Emigrar Legal Clarifica Procedimientos de Reagrupación Familiar y Nacionalidad en España

UNSPLASH

Emigrar Legal, una oficina especializada en asesoría de inmigración en España, ha brindado orientación a un ciudadano extranjero que buscaba información sobre la posibilidad de reagrupar a su hijo recién llegado al país una vez obtenga la nacionalidad española. La consulta se centró en los procedimientos legales y requisitos pertinentes en esta situación.

La consulta recibida se presenta de la siguiente manera:

“Una pregunta, estoy esperando mi nacionalidad. ¿Puedo reagrupar a mi hijo que acaba de llegar, o debe esperar a que yo la obtenga, o debería solicitar asilo?”

La respuesta de Emigrar Legal fue la siguiente:

•Si el hijo es mayor de 21 años y el solicitante de la nacionalidad trabaja, puede hacer uso del arraigo familiar por el hijo mayor de 21 años a cargo.

•Si el hijo es menor de 21 años, se le puede otorgar la nacionalidad por opción una vez que el solicitante obtenga la nacionalidad. No es necesario esperar a que el solicitante obtenga la nacionalidad, para iniciar el proceso de obtención de la misma.

 •La reagrupación es un proceso separado y distinto al otorgamiento de la nacionalidad.

La oficina de Emigrar Legal, se ha convertido en un recurso valioso para los inmigrantes que buscan comprender y navegar el sistema legal y administrativo de inmigración en España. Sus respuestas proporcionan claridad sobre los procedimientos que rigen la reagrupación familiar el otorgamiento de la nacionalidad española.

Reagrupación:

Según el Ministerio de Interior de España, la reagrupación familiar es un derecho recogido en la normativa española de extranjería que permite a los residentes extranjeros reunirse con sus familiares.

Los familiares que pueden ser reagrupados incluyen cónyuges, hijos, otros menores o incapaces extranjeros, y ascendientes del residente extranjero, su cónyuge o pareja de hecho. Los requisitos, para ejercer este derecho varían según el tipo de solicitud.