Asesora en Extranjería: Procedimientos Después de la Aprobación de la Nacionalidad Española

Registro Civil

Una vez que se ha logrado la ansiada aprobación de la nacionalidad española, comienza una nueva etapa en el proceso migratorio que requiere de una serie de pasos y trámites adicionales. La Asesora en Extranjería, Dayana Camacho, comparte valiosos consejos sobre qué hacer una vez que se ha obtenido la nacionalidad española.

1-Descargar Resolución y Resguardo de Notificación

El primer paso tras recibir la notificación de la concesión de la nacionalidad es descargar tanto la resolución como el resguardo de notificación. Estos documentos, son esenciales para los pasos siguientes y deben mantenerse en un lugar seguro.

2. Solicitar: Cita para Jura ante el Registro Civil

La siguiente fase implica la jura de la nacionalidad ante el Registro Civil correspondiente. Es importante, solicitar esta cita en el registro vinculado a su empadronamiento. Dayana Camacho recomienda incluso solicitar esta cita durante la fase de calificación para acelerar el proceso. Puede solicitar la cita a través del siguiente enlace: Enlace de Cita para Jura.

Andalucía: Para las ciudades capitales, se solicita en el Portal:. juntadeandalucia.es

Valencia: Utilice este enlace: registrocivil

Para la ciudad de Barcelona, puede hacerlo en: seujudicial

3. Documentación Requerida para la Cita de Jura:

En el día de la cita de jura ante el Registro Civil, deberá llevar consigo la siguiente documentación:

Formulario de inscripción.

Resolución y notificación de la nacionalidad.

Copia del pasaporte.

Copia y original del TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) vigente.

Partida de nacimiento original y apostillada (la misma presentada durante la solicitud).

Antecedentes penales apostillados (los mismos presentados en la solicitud). 

Empadronamiento actualizado con una antigüedad no mayor a 90 días.

4. Cita para DNI, Pasaporte y Certificado de Concordancia

Después de la jura de la nacionalidad, será necesario solicitar una cita para la obtención del Documento Nacional de Identidad (DNI), Pasaporte y el Certificado de Concordancia. Este último, es esencial para realizar la variación de datos del NIE (Número de Identificación de Extranjero) al DNI.

5. Nacionalidad por Opción para Hijos Menores de 20 años

Si tiene hijos menores de 20 años, es importante recordar que tienen un plazo de 6 meses después de la jura de su nacionalidad para solicitar la nacionalidad española por opción.

Dayana Camacho, enfatiza que este proceso puede ser complicado y que contar con asesoramiento profesional en materia de extranjería es altamente recomendable para garantizar que todos los trámites se lleven a cabo de manera correcta y eficiente.

Estos consejos son proporcionados por Dayana Camacho, Asesora en Extranjería, con el objetivo de orientar a quienes han obtenido la nacionalidad española en el proceso que sigue después de la aprobación. 

Para consultas adicionales o asesoramiento personalizado, puede contactar a Dayana Camacho a través de +34660270754